viernes, 23 de mayo de 2014

RECUPERACION Y ERES

Vivimos esa época en la que se escrudiña el horizonte buscando cualquier signo de recuperación que llene de esperanza en el futuro a una sociedad cansada. Y no quiero ni insinuar que es por las elecciones. En Nueva York hace tres años un informe concluyó que el aumento de camareras y camareros atractivos era signo de la crisis y su descenso de recuperación. La razón, la crisis hacía que los empleos disponibles fueran menores y los bares perdían clientes, por lo que los y las guapas aceptarían esos empleos y los bares conseguían atraer clientes. Cuando las cosas iban mejor, aumentaban los empleos disponibles y la gente guapa volaba.
Poco queda para que algún ministro lo vea también en España. Hasta entonces, nos quedamos con otras señales, y una de las últimas que se han visto es el descenso de los EREs en enero cuando bajaron un 60% en relación con el mismo mes de 2013. Además, este tema va tan bien que los trabajadores afectados por ERES que se firmen desde el uno de enero ya no tendrán derecho a reposición de las prestaciones por desempleo. Desde 2009 hasta ahora si había un ERE de reducción o suspensión de jornada y al acabar la empresa no iba bien y había despidos, el trabajador recupera hasta 180 días del paro que hubiera gastado. Supongo que se retira por ser herencia recibida.
Sin embargo que los ERE bajen respecto a enero de 2013 no puede ser un síntoma de mejoría. Está bien, pero la comparación engaña. Primero porque se olvida el detalle de que ese enero fue el primero con reforma laboral, aprobada casi un año antes y en los doce meses siguientes a esa reforma, lo que incluye enero 2013, los despidos por causas objetivas aumentaron un 41% respecto al año anterior. No sabemos cuántos se hubieran producido sin esa reforma pero la magnitud es tal que sin duda la reforma tuvo mucho que ver, y no entro a valorar esta reforma ni los plazos de su implementación. Solo se trata de señalar que no es posible concluir una mejoría al comparar un enero y otro.

En segundo lugar, porque no es necesario un ERE para quitarse trabajadores de en medio de forma aún más barata y ya se está empezando a usar. Existe la posibilidad de utilizar la modificación sustancial de las condiciones del contrato del artículo 41 del Estatuto. Tras la reforma incluye además de jornada, salario y los motivos son más amplios. Si no se acepta se rescinde el contrato con 20 días y  máximo nueve meses, no doce, de indemnización. Y, por otra parte, si todo van tan bien para qué queremos ahorrar quitando la reposición. La recuperación es tal que no se va a usar, pues dejadla.

2 comentarios:

  1. con el desempleo de esa ciudad deberíais revisar vuestra valía profesional porque está claro que entre que estéis y no estéis da lo mismo. Y la pasta que nos costáis.

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  2. Tu perfil humano y tus características personales creo que no son las más adecuadas para estar al frente de puesto público tratando con personas sin empleo que están en muchos casos en estados anímicos muy bajos. Tienes mucha menos humanidad de lo que dejas entrever. Pero te vamos conociendo poco a poco. Seguiremos estudiando tu manera de ser.

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