Vivimos esa época en la que
se escrudiña el horizonte buscando cualquier signo de recuperación que llene de
esperanza en el futuro a una sociedad cansada. Y no quiero ni insinuar que es
por las elecciones. En Nueva York hace tres años un informe concluyó que el
aumento de camareras y camareros atractivos era signo de la crisis y su
descenso de recuperación. La razón, la crisis hacía que los empleos disponibles
fueran menores y los bares perdían clientes, por lo que los y las guapas aceptarían
esos empleos y los bares conseguían atraer clientes. Cuando las cosas iban
mejor, aumentaban los empleos disponibles y la gente guapa volaba.
Poco queda para que algún
ministro lo vea también en España. Hasta entonces, nos quedamos con otras
señales, y una de las últimas que se han visto es el descenso de los EREs en
enero cuando bajaron un 60% en relación con el mismo mes de 2013. Además, este
tema va tan bien que los trabajadores afectados por ERES que se firmen desde el
uno de enero ya no tendrán derecho a reposición de las prestaciones por
desempleo. Desde 2009 hasta ahora si había un ERE de reducción o suspensión de
jornada y al acabar la empresa no iba bien y había despidos, el trabajador
recupera hasta 180 días del paro que hubiera gastado. Supongo que se retira por
ser herencia recibida.
Sin embargo que los ERE
bajen respecto a enero de 2013 no puede ser un síntoma de mejoría. Está bien,
pero la comparación engaña. Primero porque se olvida el detalle de que ese
enero fue el primero con reforma laboral, aprobada casi un año antes y en los
doce meses siguientes a esa reforma, lo que incluye enero 2013, los despidos
por causas objetivas aumentaron un 41% respecto al año anterior. No sabemos
cuántos se hubieran producido sin esa reforma pero la magnitud es tal que sin
duda la reforma tuvo mucho que ver, y no entro a valorar esta reforma ni los
plazos de su implementación. Solo se trata de señalar que no es posible
concluir una mejoría al comparar un enero y otro.
En segundo lugar, porque no
es necesario un ERE para quitarse trabajadores de en medio de forma aún más
barata y ya se está empezando a usar. Existe la posibilidad de utilizar la
modificación sustancial de las condiciones del contrato del artículo 41 del
Estatuto. Tras la reforma incluye además de jornada, salario y los motivos son
más amplios. Si no se acepta se rescinde el contrato con 20 días y máximo nueve meses, no doce, de indemnización.
Y, por otra parte, si todo van tan bien para qué queremos ahorrar quitando la
reposición. La recuperación es tal que no se va a usar, pues dejadla.
con el desempleo de esa ciudad deberíais revisar vuestra valía profesional porque está claro que entre que estéis y no estéis da lo mismo. Y la pasta que nos costáis.
ResponderEliminarTu perfil humano y tus características personales creo que no son las más adecuadas para estar al frente de puesto público tratando con personas sin empleo que están en muchos casos en estados anímicos muy bajos. Tienes mucha menos humanidad de lo que dejas entrever. Pero te vamos conociendo poco a poco. Seguiremos estudiando tu manera de ser.
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